Procesos de sucesiones, divorcios y promesas de compraventa.
La sucesión puede ser testada cuando hay un testamento por escritura pública. Intestada como lo dice la Ley.
Somos profesionales en el derecho dedicados a servir, asesorar y resolver las dificultades jurídicas que presenten las familias en cuanto a su situación personal y patrimonial en el matrimonio.
Si desea comprar/vender casa, apartamento, local, oficina, lote, asesórese con un abogado antes de iniciar la negociación, para tener éxito y evitar inconvenientes.
Somos especialistas en derecho de familia, sobre todo en sucesiones y divorcios. Llevamos más de veinte años representando y asesorando en los procesos y trámites a hijos, padres, hermanos, esposos y demás, garantizando la protección de sus derechos.
La sucesión puede ser testada cuando hay un testamento por escritura pública. Intestada como lo dice la ley.
Es conveniente que las partes estén de común acuerdo para hacerla notarialmente. Su duración es máximo 3 meses.
Si alguna de las personas no está de acuerdo se hace judicialmente y dura 5, 6 o 7 años.
● Todos en copia auténticas No autenticadas.
● Registro Civil defunción del fallecido.
● Registró Civil matrimonio (si es el caso).
● Registro Civil de nacimiento de los herederos.
● Fotocopia de cedula de todos los participantes, incluyendo el fallecido.
● Pago predial año en curso.
● Paz y salvo de la valorización.
● Certificado de tradición y libertad reciente.
● Escritura de adquisición de los bienes a repartir.
● Honorarios del abogado: 2 o 3 % del patrimonio a repartir.
● Derechos notariales.
● Beneficiaria y registro de los bienes repartidos.
Si decide terminar la relación personal de matrimonio la ley permite el divorcio o cesación de efectos civiles de matrimonio religioso vía judicial o notarial. Para realizar este proceso la ley exige que se haga mediante abogado titulado.
Si decide terminar la relación patrimonial la ley permite la liquidación de la sociedad conyugal; y así no existen bienes para repartir, se debe liquidar en ceros.
Si están de común acuerdo los cónyuges se puede hacer notarialmente con una duración de 10 días.
Si no está de acuerdo se tramita ante el juez y puede durar años.
● Honorarios abogado.
● Derechos Notariales.
Es el documento que da inicio a un negocio entre un vendedor y un comprador para adquirir un inmueble.
Al elaborar este Contrato es importante tener en cuenta:
● Fecha firma de la escritura.
● Pago y forma de pago.
● Fecha de la entrega del inmueble.
● Todas las promesas deben llevar fechas ciertas.
● Predial pago del año en curso y estar al día en todo los años anteriores.
● Paz y Salvo y Valorización.
● Certificado de tradición y libertad reciente.
● Escritura Pública con la que adquirió el bien.
● Fotocopia de cédula del vendedor o Vendedores
● Fotocopia de cédula del comprador o compradores.
● Si el inmueble está sometido a propiedad horizontal el paz y salvo de administración.
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